miércoles, 29 de febrero de 2012

«Si se archiva la querella, jamás podrá perseguirse a un testigo que mienta»


OAQUÍN MANSO MADRID

  • 29/02/2012 ESPAÑA/El Mundo
  • Jamal Zougam y su familia recurren las «incomprensibles» resoluciones de la juez

    ¡Hay margen, hay margen! exclamaba Zapatero inaugurando la legislatura del despilfarro desbocado. ¡Hay margen, hay margen!, replicaban presidentes, consejeros, alcaldes y concejales socialistas por toda la geografía nacional mientras tiraban el Estado por la ventanaEl marroquí Jamal Zougam y su familia han presentado sendos recursos de apelación contra el auto de la juez Belén Sánchez en el que rechaza admitir su querella por falso testimonio contra las dos testigos rumanas que determinaron su condena como único autor vivo del 11-M. La misma magistrada había dictado una resolución cuatro semanas antes en la que abría diligencias, exigía 3.000 euros de fianza para ejercer la acción popular y admitía que los hechos denunciados «presentan características que hacen presumir la posible existencia de delitos».

    La juez argumentó para rechazar la querella que no puede valorar de nuevo unos testimonios a los que un tribunal ya ha dado credibilidad. Los recursos sostienen que esa interpretación implicaría que «jamás pueda perseguirse al testigo que miente en un plenario si la sentencia que se dicte da credibilidad a su testimonio, y ello aun cuando se demuestre posteriormente que mintió deliberadamente», según la literalidad del escrito de la acción popular, que ejerce la madre de Zougam. Los hechos en los que se fundamenta la querella fueron publicados por EL MUNDO tres años después del juicio, y ponen de manifiesto que en la declaración de las testigos protegidas J-70 y C-65 concurrían circunstancias extrañas y posibles motivaciones torticeras que fueron ocultadas a la defensa del marroquí y al tribunal del 11-M.

    El escrito de Jamal Zougam, que firma el abogado Eduardo García Peña, aporta jurisprudencia de la Audiencia de Madrid -la que tiene que resolver el recurso- que señala que «existe, pues, la posibilidad de que un testimonio falso, si induce a error al juez o tribunal ante el que se presta y es valorado como verdadero, provoque una resolución injusta [...]. Ésta es la razón fundamental por la que, en una sociedad democrática, el falso testimonio es tipificado como delito en la ley penal».

    El letrado de Zougam expone que «al presentarse la querella y tras las incomprensibles, frustradas y extrañas resoluciones de la instructora, pretendiendo sin éxito no asumir su competencia para conocer el asunto (derivándolo primero al Juzgado de Instrucción 43 y después, al serle devueltas por éste las actuaciones, reenviando la causa a decanato para nuevo reparto), dictó con fecha de 19 de enero de 2012 un auto por el que acordaba, entre otras cuestiones, incoar diligencias previas y tener a esta parte por personada en el procedimiento. [...] No se practicó ninguna diligencia de investigación [...] e inexplicablemente, sin actividad investigadora de ninguna clase, la instructora modificó radicalmente su propio e inicial criterio para inadmitir un mes después la querella al entender que, ahora, lo que antes podía ser delito, ya no lo es».

    En este sentido, el recurso del abogado Francisco Andújar para la acción popular afirma que «es indefendible que, en dos resoluciones separadas por un mes escaso (sin que medie diligencia de prueba alguna) se diga en la primera que es delito lo narrado en la querella y en la segunda, que ya no lo es. Esto es exactamente lo que hace la instructora. No es de recibo [...]».

    El escrito insiste en el relato de hechos de la querella para denunciar que las testigos C-65 y J-70 «mintieron» cuando dijeron que vieron a Zougam en el tren «y lo hicieron con conciencia de que lo que contaban era mentira y de forma deliberada», proclama, para subrayar la existencia del dolo: «Esta parte sostiene que jamás lo vieron, que saben que no lo vieron y, aun así, afirmaron verlo». El móvil del delito sería la obtención de indemnizaciones y «por beneficios administrativos concretados en permisos de residencia y trabajo para sí y sus familiares».

    Los dos recursos llaman asimismo la atención de la Audiencia acerca del plazo perentorio en el que tendría que resolver para evitar la prescripción: 20 de junio de 2012.
  • EL MUNDO MADRID
  • 29/02/2012 ESPAÑA
  • Encuentran la chatarra de un tren del 11-M


    La página web 'Libertad Digital' publicó a lo largo del día de ayer las imágenes del hallazgo en un cobertizo de la empresa Tafesa (en Madrid) de la chatarra correspondiente al vagón en el que estalló una bomba en la estación de Santa Eugenia. Según el sumario, se trata del único coche de los 11 que explosionaron que Renfe decidió reparar y en la actualidad continúa circulando. Todos los demás los desguazó.

    «Una vez puesto en circulación el tren reparado, la chatarra extraída de la zona del foco de explosión quedó almacenada durante incontables meses en el hangar donde la reparación se había efectuado. Y allí estaba cuando se inició el juicio del 11-M, a primeros de 2007», señala la información, que añade: «En ese juicio, el magistrado Gómez Bermúdez encargó la realización de una nueva prueba pericial para tratar de determinar el tipo de explosivo utilizado en las bombas de los trenes. Sin embargo, a los peritos encargados de la realización de esas pruebas, nadie les llegó a comunicar que en un hangar de Tafesa había almacenada chatarra procedente de uno de los focos de explosión».

    Al parecer, esos restos de chatarra han sido conservados en el mismo lugar donde el tren fue reparado, según constaba ya en el sumario.

    En la sentencia del 11-M no se pudo determinar «con absoluta certeza» la marca del explosivo que estalló en los trenes. Los peritos independientes que participaron en el análisis culpan a la escasez de muestras que proporcionaron los Tedax.

    La Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M emitió un comunicado para «compartir con la opinión pública su hartazgo e indignación» porque, según afirma, ese vagón «se encontraba oculto» y «nunca se puso a disposición de la autoridad correspondiente».

    1 comentario:

    1. Porca misera, poca vergüenza en este asunto, como en otros pendientes. Que se espera de una justicia manipulada??, y sentencias acordes con el gusto del gobierno de turno??, pues lo que estamos viendo.

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