viernes, 8 de junio de 2012

La Audiencia ve 'apariencia de delito' en las testigos del 11-M

J. MANSO M. MARRACO M. PERAL MADRID
08/06/2012 PORTADA/El Mundo


Admite la querella de Zougam porque incluye «nuevas revelaciones que no pudieron ser tenidas en cuenta por el tribunal enjuiciador»
Subraya que la testigo J-70 había sido rechazada como víctima por Interior 15 días antes de que declarara haberle visto en uno de los trenes
Sostiene que «si la falsedad de los testimonios quedara acreditada» el único condenado como autor tendría derecho a «juicio de revisión»
.Queremos menos políticos locales, regionales, nacionales, comunitarios e internacionales. Estamos hartos de tanto sinvergüenza viviendo de exprimir al que trabaja . La Sección Cuarta de la Audiencia de Madrid ha acordado, por unanimidad, ordenar una investigación judicial sobre si dos ciudadanas rumanas incurrieron en un delito de falso testimonio al «confabularse», a cambio de beneficios, para incriminar a Jamal Zougam, el único condenado como autor material de los atentados del 11-M.

La Audiencia declara que el Juzgado de Instrucción número 39 de Madrid vulneró el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva al no admitir a trámite las querellas interpuestas por Zougam y por su madre contra las testigos protegidas J-70 y C-65, cuyos testimonios sirvieron para imponer al marroquí 42.917 años de cárcel.

Las querellas, que relatan «nuevas revelaciones que no pudieron ser tenidas en cuenta» por el tribunal que juzgó el 11-M, aportan «indicios que bien pudieran avalar razonablemente la verosimilitud de la apariencia delictiva de la conducta» de las testigos protegidas, señala la Audiencia.
La decisión de la Sección Cuarta de la Audiencia de Madrid no sólo corrige al Juzgado de Instrucción número 39 sino que también desautoriza al Ministerio Público. Además de apurar al límite el plazo de prescripción del posible delito de falso testimonio, la Fiscalía que dirige Eduardo Esteban propugnó el rechazo de la querella.

La Sección Cuarta, integrada por los magistrados Eduardo Jiménez-Clavería (ponente), Mario Pestana y José Joaquín Hervás, ha ordenado a la titular de ese juzgado, Belén Sánchez, que admita a trámite las querellas promovidas por Jamal Zougam como acusación particular y por su madre como acusación popular contra las testigos protegidas C-65 y J-70. Ambas resultaron determinantes para la condena del marroquí.

La jueza, que rechazó las querellas el 14 de febrero, deberá practicar «cuantas diligencias de prueba fueran necesarias para investigar» si las dos rumanas incurrieron en falso testimonio al señalar a Zougam como uno de los terroristas que colocaron las bombas.

La apertura de la investigación se ha decidido por una sala integrada por magistrados de ideología muy plural (alguno de ellos pertenece a la Asociación Profesional de la Magistratura y otro a Jueces para la Democracia), que han resuelto por unanimidad.

Lo han hecho, además, en un plazo récord, conscientes de que el recurso de los defensores de Zougam, Eduardo García Peña y Francisco Andújar, contra la inadmisión de las querellas, que tuvo entrada en la Audiencia la semana pasada, resultaría inútil si no obtenía respuesta antes del próximo día 20, fecha en la que prescribía el delito denunciado.
La Audiencia recuerda la jurisprudencia de la Sala Penal del Supremo de que las querellas deben ser rechazadas cuando los hechos en los que se funden «no constituyan delito». Menciona, a este respecto, la doctrina del auto en el que el Alto Tribunal aceptó la querella contra el ex juez Baltasar Garzón por el caso de la memoria histórica.

Los magistrados destacan que las querellas contra J-70 y C-65 «se hacen eco de nuevas revelaciones que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento del enjuiciamiento del atentado del 11-M».

Se refieren, en concreto, a que las dos rumanas «pudieron confabularse con la finalidad de alcanzar ciertos beneficios personales y económicos [la nacionalidad española e indemnizaciones], faltando a la verdad en las manifestaciones que realizaron en la vista del juicio oral» contra Zougam.

«Los hechos contenidos en la querella, de ser ciertos, pudieran ser constitutivos de un delito de falso testimonio» al contener «indicios que bien pudieran avalar razonablemente la verosimilitud de la apariencia delictiva de la conducta de las querelladas», argumenta la Audiencia.

Según la querella, la testigo C-65 declaró en el juicio del 11-M que iba en el tren acompañada por J-70, pero en abril de 2004 había acudido a su consulado para informarse de las ayudas e indemnizaciones que podía obtener y manifestó que viajaba contra otra mujer, una tal Florentina, con la que precisamente acudió a la oficina consular.

J-70, por su parte, fue rechazada por el Ministerio del Interior como víctima de los atentados. Durante la tramitación de ese expediente administrativo nunca dijo que viajara en el tren con C-65; lo dijo por primera vez varios meses después, tras acudir con ella a la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo. Entonces dio la misma versión que C-65 y logró una indemnización de 48.000 euros.

La Audiencia destaca que estos datos -especialmente el relativo al consulado- surgen de informaciones publicadas por EL MUNDO que no han sido desmentidas y deben ser «singularmente investigadas».

Se trata de «datos verificables» que apuntarían a un supuesto falso testimonio que «no es ni mucho menos descartable, pues la hipótesis delictiva mantenida en la querella, en principio, no es descabellada».

La Sala añade que la jueza de instrucción vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al rechazar las querellas con el argumento de que los testimonios de J-70 y C-65 ya fueron valorados por los magistrados que juzgaron el 11-M, exigiendo así de forma implícita un requisito de procedibilidad (la licencia o autorización del tribunal del 11-M para perseguir un posible falso testimonio) que no piden la ley ni la jurisprudencia moderna.

La Audiencia se refiere, finalmente, a la «trascendencia» que tuvieron los testimonios de J-70 y C-65, porque Jamal Zougam recibió «una pena de prisión de extrema gravedad con fundamento precisamente en las declaraciones que ahora se reputan falsas y cuya falsedad, de resultar acreditada, daría lugar a la revisión» de la condena.

>Videoanálisis de Casimiro García-Abadillo.


  • JOAQUÍN MANSO MADRID
  • 08/06/2012 ESPAÑA

  • Las «nuevas revelaciones» para admitir la querella

    El auto destaca los datos aportados por este diario que no conoció el tribunal del 11-M
    . La resolución de la Audiencia de Madrid, que admite la querella de Jamal Zougam contra las dos testigos rumanas que determinaron su condena a pasar el resto de su vida en prisión, destaca que el escrito «se hace eco de nuevas revelaciones que no pudieron ser tenidas en cuenta en el momento del enjuiciamiento del atentado del 11-M por el tribunal enjuiciador». Esas circunstancias no fueron aportadas al sumario de la matanza y fueron publicadas por este diario en diciembre de 2011.

    Las testigos C-65 y J-70 testificaron en el juicio del 11-M que viajaban juntas en el quinto vagón del tren que explotó en Santa Eugenia y que Jamal Zougam pasó por su lado, golpeando con una mochila de «color azul clarito» en el hombro derecho de C-65 -que iba sentada en el sentido de la marcha, justo frente a su amiga J-70-. Además, en su camino empujó a un joven antes de abrir la puerta que daba paso al vagón contiguo, donde estalló la bomba. En la sentencia se tuvo en cuenta el testimonio de otro rumano, R-10, que ni siquiera asistió al juicio y que ofreció una versión contradictoria.


  • MANUEL MARRACO MADRID
  • 08/06/2012 ESPAÑA

  • «La principal prueba de cargo» del tribunal del 11-M

    Los reconocimientos de las testigos fueron la base de la condena de la Audiencia

    . Ninguna duda tiene el tribunal de lo que vieron». La Audiencia Nacional zanjó así su valoración de los dos únicos testigos protegidos del 11-M que habían comparecido en el juicio para reconocer a Jamal Zougam. Eran, de nuevo en palabras del tribunal, «la principal prueba de cargo», puesto que el resto no eran sino «pruebas circunstanciales e indirectas» que servían para «reforzar» la de los reconocimientos.

    La condena al marroquí por los delitos de pertenencia a organización terrorista, estragos, 191 homicidios y 1.853 homicidios intentados se basó en tres elementos: los reconocimientos, las tarjetas de teléfono empleadas en las bombas y la relación de Zougam con otros implicados en la masacre.
    Los testigos
    «La principal prueba de cargo contra Jamal Zougam está constituida por la identificación que de él hacen, sin fisuras y sin ningún género de duda, tres viajeros». La Audiencia se refirió así a las dos testigos rumanas que en breve pasarán formalmente a la condición de imputadas y para las que la sentencia elaborada por Javier Gómez Bermúdez no ahorró elogios: «Ambas, con una firmeza y seguridad encomiables, a pesar del duro interrogatorio al que fueron sometidas, volvieron a reconocer al procesado».
    La condena también se apoyó, aunque en mucha menor medida, en la declaración de otro testigo rumano que no compareció en el juicio y cuyas recientes declaraciones a este diario también arrojan dudas sobre su reconocimiento de Zougam.

    La propia Audiencia Nacional había considerado inválidos otros tres reconocimientos de Zougam presentados en el juicio por la Fiscalía.
    tarjetas
    La Policía llegó hasta Zougam, primer detenido del 11-M, por la tarjeta extraída del teléfono que debía hacer detonar la mochila desactivada en Vallecas. Su rastro llevó a los investigadores hasta un locutorio de Lavapiés del que Zougam era socio. La Audiencia acabó acusándole de «suministrar» las tarjetas necesarias para las bombas, pese a que, como ha venido insistiendo la defensa del marroquí, fue en realidad su socio quien compró el lote de tarjetas usado en los trenes y otro empleado el que las vendió. Es decir, que él ni las vendió ni las compró.

    Zougam alegó, y sigue haciéndolo, que no es lógico que empleara tarjetas cuyo rastro llevaba a su tienda; ni que los terroristas compraran y liberaran los móviles en otras tiendas cuando él también podía hacerlo; ni que fingiera la venta de unas tarjetas que eran suyas; ni que siguiera con su vida normal -a diferencia del resto de implicados- tras la masacre; ni que siguiera en el locutorio dos días después, como si aguardara a ser detenido, cuando ya sabía por la prensa que la Policía seguía el rastro de la tarjeta. La misma Policía que hacía meses le había pinchado el teléfono y seguía sin hallar nada incriminatorio contra él.
    Las amistades
    Las amistades de Zougam también pesaron en la condena: «El procesado conoce a varios miembros de la célula que se suicida en Leganés, así como a la mayoría de los procesados». La afirmación de la Audiencia Nacional tuvo una rotunda respuesta del Supremo, que diluyó la relevancia que esa prueba pudiera tener. «En realidad, la relación que la sentencia establece entre el recurrente y las personas citadas, que es cierto que no constituyen la mayoría de los implicados, no es más que un dato circunstancial que no afecta en nada a la fuerza acreditativa de los otros indicios», dijo el Supremo.

  • J. M. MADRID
  • 08/06/2012 ESPAÑA

  • Los letrados de Zougam reclaman una «investigación rigurosa caiga quien caiga»

    La presidenta de la AVT recuerda que ella retiró la acusación contra el marroquí en el juicio

    Ninguna duda tiene el tribunal de lo que vieron». La Audiencia Nacional zanjó así su valoración de los dos únicos testigos protegidos del 11-M que habían comparecido en el juicio para reconocer a Jamal Zougam. Eran, de nuevo en palabras del tribunal, «la principal prueba de cargo», puesto que el resto no eran sino «pruebas circunstanciales e indirectas» que servían para «reforzar» la de los reconocimientos.

    La condena al marroquí por los delitos de pertenencia a organización terrorista, estragos, 191 homicidios y 1.853 homicidios intentados se basó en tres elementos: los reconocimientos, las tarjetas de teléfono empleadas en las bombas y la relación de Zougam con otros implicados en la masacre.
    Los testigos
    «La principal prueba de cargo contra Jamal Zougam está constituida por la identificación que de él hacen, sin fisuras y sin ningún género de duda, tres viajeros». La Audiencia se refirió así a las dos testigos rumanas que en breve pasarán formalmente a la condición de imputadas y para las que la sentencia elaborada por Javier Gómez Bermúdez no ahorró elogios: «Ambas, con una firmeza y seguridad encomiables, a pesar del duro interrogatorio al que fueron sometidas, volvieron a reconocer al procesado».
    La condena también se apoyó, aunque en mucha menor medida, en la declaración de otro testigo rumano que no compareció en el juicio y cuyas recientes declaraciones a este diario también arrojan dudas sobre su reconocimiento de Zougam.

    La propia Audiencia Nacional había considerado inválidos otros tres reconocimientos de Zougam presentados en el juicio por la Fiscalía.
    tarjetas

    La Policía llegó hasta Zougam, primer detenido del 11-M, por la tarjeta extraída del teléfono que debía hacer detonar la mochila desactivada en Vallecas. Su rastro llevó a los investigadores hasta un locutorio de Lavapiés del que Zougam era socio. La Audiencia acabó acusándole de «suministrar» las tarjetas necesarias para las bombas, pese a que, como ha venido insistiendo la defensa del marroquí, fue en realidad su socio quien compró el lote de tarjetas usado en los trenes y otro empleado el que las vendió. Es decir, que él ni las vendió ni las compró.

    Zougam alegó, y sigue haciéndolo, que no es lógico que empleara tarjetas cuyo rastro llevaba a su tienda; ni que los terroristas compraran y liberaran los móviles en otras tiendas cuando él también podía hacerlo; ni que fingiera la venta de unas tarjetas que eran suyas; ni que siguiera con su vida normal -a diferencia del resto de implicados- tras la masacre; ni que siguiera en el locutorio dos días después, como si aguardara a ser detenido, cuando ya sabía por la prensa que la Policía seguía el rastro de la tarjeta. La misma Policía que hacía meses le había pinchado el teléfono y seguía sin hallar nada incriminatorio contra él.
    Las amistades
    Las amistades de Zougam también pesaron en la condena: «El procesado conoce a varios miembros de la célula que se suicida en Leganés, así como a la mayoría de los procesados». La afirmación de la Audiencia Nacional tuvo una rotunda respuesta del Supremo, que diluyó la relevancia que esa prueba pudiera tener. «En realidad, la relación que la sentencia establece entre el recurrente y las personas citadas, que es cierto que no constituyen la mayoría de los implicados, no es más que un dato circunstancial que no afecta en nada a la fuerza acreditativa de los otros indicios», dijo el Supremo

    1 comentario:

    1. Pues enhorabuena por reabrirlo, ya que es la mayor infamia producida por los golpista en este pais. Espero que se lleve en condiciones y no de pié a que se pueda cerrar de nuevo en falso, y que paguen los implicados de verdad, que andan por ahí de rositas.

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