jueves, 10 de mayo de 2012

El Supremo no se cree el «pacifismo» de Arnaldo Otegi


  • MARÍA PERAL MADRID
  • 10/05/2012 ESPAÑA/El Mundo

  • El tribunal le mantiene en la cárcel y estará inhabilitado hasta los 62 años

    .Fuera sindicalistas y políticos, que sólo engendran corrupción e ineficiencia
    Arnaldo Otegi será, en su caso, un candidato abertzale sexagenario. La decisión del Tribunal Supremo de mantener su condena por haber intentado reconstituir en 2008 y 2009 la ilegal Batasuna -aunque le baja la pena por no considerarle dirigente de grupo terrorista- incluye una sanción accesoria de inhabilitación especial para ejercer cargo público que se prolongará hasta principios de 2021, cuando Otegi tendrá 62 años de edad.

    La Sala Penal del Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional que le condenó como miembro de banda terrorista por intentar reconstituir un órgano de dirección política a las órdenes de ETA. En el mismo procedimiento han sido condenados el ex secretario general de LAB Rafael Díez Usabiaga, Arkaitz Rodríguez, Sonia Jacinto y Miren Zabaleta.
    La sentencia ha sido redactada por el presidente de la Sala Penal, Juan Saavedra, en sustitución del ponente inicial, Miguel Colmenero. Éste declinó la ponencia al quedar en minoría su criterio de que el procedimiento debía ser devuelto a la Audiencia Nacional para que celebre un nuevo juicio ante magistrados diferentes con los que esté garantizada la imparcialidad, lo que, a su parecer, no ha ocurrido con el tribunal presidido por Ángela Murillo.

    Los magistrados José Manuel Maza y Juan Ramón Berdugo han formado la mayoría con el presidente. El quinto magistrado, Alberto Jorge, ha redactado un extenso voto particular en el que defiende la absolución de los cinco condenados.
    Así, por una mayoría de tres votos se ha confirmado una condena que frustra las expectativas políticas que la izquierda abertzale haya podido depositar en Otegi a corto plazo. Arnaldo Otegi, privado de libertad por este proceso desde octubre de 2009, estará en prisión hasta principios de 2016 después de que el Supremo le haya bajado la pena de cárcel de los 10 años que le impuso la Audiencia Nacional a seis años y medio. La misma pena ha recaído sobre Díez Usabiaga, mientras que Rodríguez, Jacinto y Zabaleta han pasado de ocho a seis años de prisión.

    Las penas se han visto proporcionalmente reducidas después de que la Sala haya aplicado su doctrina de que la condición de dirigente se reserva a la cúpula de ETA.

    Es el único cambio de entidad respecto a la resolución que dictó la Audiencia Nacional en septiembre de 2011.

    El Supremo rechaza, de entrada, que tenga que modular la aplicación del Derecho Penal en función de la «situación y los acontecimientos que se dan en la sociedad», según propugnó la defensa en referencia a los cambios en la izquierda abertzale y la tregua de ETA.

    Las normas penales son «de imperativa aplicación», subraya la Sala, que recuerda que «el objeto del juicio no alcanza al debate político y estratégico en el seno de la izquierda abertzale, actividad que no corresponde analizar a la jurisdicción, sino la ejecución por los acusados del plan diseñado por una organización terrorista, que no ha depuesto las armas, como integrantes de la misma».

    La Sala no cree que los condenados formaran un «grupo de opinión» autónomo cuyo objetivo era preparar el debate en el que, optando por los principios Mitchell (basados en el uso de medios exclusivamente pacíficos y en el desarme completo y verificable de las organizaciones paramilitares), se erradicara la violencia.

    «De ser cierta la firme defensa de los principios Mitchell por Otegi, lo razonable hubiera sido que se hubiera valido de las muchas comparecencias públicas en las que intervino para manifestarse abiertamente en contra de la actuación terrorista preconizada por ETA», lo que «nunca hizo», indica la sentencia.
    «Resulta incierto que el procesado acatara la verdadera esencia de dichos principios pacifistas y, por ende, que actuara públicamente en abierta oposición a ETA», concluye el tribunal, que destaca que las «múltiples actuaciones públicas y privadas» de Otegi «se inician precisamente cuando ETA acuerda dar preponderancia a su estrategia política, marcando una serie de objetivos, también en lo político, que vienen a coincidir con los emprendidos de facto por Otegi (...) sin abandono en ningún caso de la lucha armada».

    1 comentario:

    1. Que es donde debe de estar en la cárcel. Bastante tiene que le han rebajado la condena, en un gesto generoso de los de siempre.

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