jueves, 24 de diciembre de 2009

Entra en vigor la ley del 'desahucio exprés'




Entra en vigor la ley del 'desahucio exprés' (Imagen: ARCHIVO)

En busca de un piso de alquiler. (Imagen: ARCHIVO)

* Las medidas buscan agilizar los trámites judiciales que tiene que afrontar el propietario ante impagos o renovaciones.
* Según Vivienda, las medidas no perjudicarán a los inquilinos.
* Beatriz Corredor cree que contribuirá a bajar los precios del alquiler.

AGENCIAS. 24.12.2009 - 13.00 h

El desahucio de los inquilinos morosos en España será más fácil a partir de este jueves, día de Nochebuena, debido a la entrada en vigor de una ley, conocida como' desahucio exprés' que, entre otros aspectos, busca agilizar los trámites judiciales que el propietario de una vivienda debe afrontar en este tipo de situaciones.
Las novedades de la Ley...

* Plazos cortos - Uno de los principales cambios es la reducción de dos meses a uno del plazo que debe transcurrir entre el momento en que el propietario exige por requerimiento el pago de las deudas atrasadas y el momento en que puede presentar una demanda, algo que el inquilino podrá evitar si paga todas las mensualidades atrasadas en dicho periodo.
* Desalojo rápido - La sentencia será suficiente para ejecutar el desahucio en el día y hora señalados. El arrendador podrá perdonar parte o toda la deuda si el inquilino desaloja de forma voluntaria en el plazo establecido por el propietario, que no puede ser menor a quince días. No se establece ningún plazo máximo para el desalojo voluntario, que puede prolongarse incluso a un año.
* Duración de los contratos - Con estas modificaciones se amplían los supuestos en los que no hay que aplicar la prórroga obligatoria del contrato de alquiler, que tiene una duración máxima de cinco años. El propietario puede rescindir el contrato si necesita ocupar la vivienda para vivir el mismo; pero también para la utilización de la misma por parte de sus padres, hijos o cónyuge en los casos de sentencia firme de divorcio o nulidad matrimonial, siempre que así figure en el contrato. En cualquier caso, si esa ocupación no se produjera en tres meses, el arrendador estará obligado a devolver el uso de la vivienda al inquilino e indemnizarle por los gastos del desalojo. Para garantizar esta seguridad jurídica y no tener problemas, el contrato de arrendamiento inicial debe prever esta circunstancia.
* Juicio verbal - Todas las acciones relativas al desalojo de los inquilinos, tanto de desahucio como de reclamación de rentas, se tramitarán en juicio verbal, un procedimiento más rápido y sencillo, que permitirá al Tribunal dictar sentencia en cinco días en los casos de desahucio de la finca urbana. El proyecto prevé además la posibilidad de que las partes puedan llegar a un acuerdo, de modo que el propietario puede asumir el compromiso de condonar al inquilino total o parcialmente la deuda, a cambio del desalojo voluntario.
* Obra de mejora - La nueva legislación establece que las comunidades de propietarios pueden aprobar las obras de mejora de la eficiencia energética de un edificio sin que sean necesarias las mayorías actuales, ya que bastará con el voto favorable de tres quintas partes de los vecinos.

Objetivos de la nueva Ley...

La ministra de Vivienda, Beatriz Corredor, aseveró este miércoles en un comunicado que esta ley supone un "paso adelante" en la política del Gobierno para fomentar el arrendamiento y ampliar el mercado de alquiler.

Contribuirá a la reducción de precios y evitar las garantías excesivaEn este sentido, la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales.

"Adicionalmente, contar con mecanismos más eficaces para la agilización de los procesos incrementará la confianza de las partes, lo que contribuirá a la reducción de precios y a evitar la exigencia de garantías excesivas (avales y fianzas)", añade el gabinete de Beatriz Corredor.

Esta norma que entra en vigor este jueves modifica a su vez la ley de Arrendamientos Urbanos, la de Enjuiciamiento Civil y la de la Propiedad Horizontal.
¿Nos ponemos al nivel de Europa?

Para el portal inmobiliario Facilisimo.com, el tiempo de desahucio todavía es superior en España que en el resto de Europa y puede superar el año de espera, pero la nueva norma contribuirá a que se alquilen más viviendas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario