El informe reclamado por el juez Pablo Ruz al equipo investigador y llegado hace unos días a su despacho, busca responder a las objeciones con las que el Pleno de la Audiencia Nacional revocó el procesamiento del ex director de la Policía Víctor García Hidalgo, el ex jefe superior del país Vasco Enrique Pamies y el hoy inspector jefe José María Ballesteros.
Uno de los principales reproches fue que se descartara la posibilidad de que la llamada del soplo pudiera ser de tipo entrante, es decir, recibida en el bar Faisán y no emitida desde allí. El informe insiste en que lo razonable es lo contrario, que la llamada clave fuera saliente, de forma que Ballesteros, que estaba en el bar, llamara a su jefe Pamies, «por cuanto el sujeto 2 (interlocutor) no puede precisar el momento en el que el sujeto 1 (portador del móvil) va a abordar a Joseba Elosua».
A continuación, el equipo de Carlos Germán expone su nueva investigación sobre las 833 llamadas entrantes recogidas el 4 de mayo de 2006 por las antenas de telefonía de la zona. En primer lugar, las somete a varias cribas para quedarse sólo con las que cumplieran tres características que, según la investigación, reunió la llamada del soplo: que durara más de cinco minutos, que empezara entre las 11.20 y las 11.30 horas y que acabara entre las 11.25 y las 11.40 horas. El resultado es «la existencia de cinco llamadas de sentido entrante que cumplen estos requisitos objetivados».
El siguiente paso fue localizar e interrogar a los usuarios de los teléfonos implicados. Eso llevó al equipo policial a una conversación entre amigas, otra entre amigos, otra entre un paquistaní y un alemán, otra entre un negocio de lavacoches y otro negocio del automóvil y una quinta efectuada por un ciudadano suramericano y una española con el mismo origen.
«Tras el estudio detallado sobre esas cinco comunicaciones», dice el informe, «se puede afirmar que todos sus titulares y/o usuarios son personas absolutamente ajenas y desconocedoras de la investigación y de las informaciones facilitadas a Joseba Elosua y son personas desvinculadas de cualquier nexo con miembros de las FFCCSE [Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado], eliminándose su más mínima vinculación con los hechos investigados». «Se puede concluir», prosigue, «que de las 1.932 llamadas registradas (entrantes y salientes) ese día [...] sólo una reúne los requisitos fijados y a su vez cumple con el requisito específico de que los titulares y/o usuarios de esos teléfonos sean funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía». Se trata de la que efectuaron a las 11.23 horas Ballesteros y Pamies.
Otro apartado relevante del informe concluye en un varapalo a la Sala de lo Penal de la Audiencia. Se trata del centrado en examinar las supuestas contradicciones de horarios expuestas por el Pleno para revocar los procesamientos. Del informe se desprende que ese auto se basó en datos objetivos erróneos y que no existe contradicción alguna. La Policía, examinados todos los elementos, concluye que el horario que planteó al juez es «perfectamente compatible» y que «no existe contradicción y son totalmente compatibles» todos los movimientos de los implicados.
En paralelo al informe ampliatorio de la Policía, el juez Ruz pidió un informe de análisis a la Guardia Civil sobre el material reunido por el equipo investigador. El Instituto Armado también apuntó la implicación de los imputados como «hipótesis más consistente» y descartó las supuestas incoherencias expuestas por el Pleno.
La Guardia civil sí criticó la decisión de descartar las llamadas entrantes, por lo que el juez ha pedido al Instituto Armado que amplíe el informe teniendo en cuenta esta vez la nueva investigación policial sobre esas llamadas.
Ya no se que decir, puesto que ya he dicho de todo.
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