Alerta Digital
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado una sentencia en el que deja claro que el internamiento de un inmigrante en situación irregular que tiene abierto un procedimiento de expulsión vulnera la legislación comunitaria y entorpece el proceso de deportación. Sin embargo, considera legales las detenciones para determinar si un extranjero reside regularmente o no, siempre que las autoridades nacionales actuen con diligencia y sin tardanza.
Además, los jueces consideran que si no existe la mencionada orden de expulsión, entonces los estados miembros sí pueden sancionar incluso con la cárcel la estancia irregular. Y a este respecto recuerdan que la Directiva de retorno prevé un período de retorno voluntario, seguido de medidas de expulsión forzosa en caso de ser necesario.
Pero aclara que dichas medidas deben ser los menos coercitivas posibles y que el Estado en cuestión puede optar por el internamiento por un plazo máximo de dieciocho meses solo si peligra la ejecución de la expulsión.
Para el Tribunal, la imposición de una pena de prisión durante un procedimiento de retorno no contribuye a que se lleve a cabo la expulsión. Y afirma que la legislación comunitaria se opone a la existencia de leyes nacionales que permitan el encarcelamiento de un inmigrante sin papeles que no ha sido sometido a las medidas coercitivas previstas en la Directiva y para el cual no ha expirado el plazo máximo de duración de tal internamiento.
Así lo señaló respecto del caso del armencio Alexandre Achughababian, que llegó a Francia en 2008 y a quien un año más tarde se le exigió abandonar el país voluntariamente. Al negarse a hacerlo, en 2011 se dictó una orden de expulsión sin fijar un plazo para su salida voluntaria y, adicionalmente, se le detuvo y encarceló.
Achughababian recurrió estas medidas ante la justicia francesa, que consultó a los tribunales europeos sobre la legalidad de la ley francesa que condena a un año de prisión y una multa de 3.750 euros al extranjero en situación irregular, transcurrido un plazo de tres meses desde su entrada en el territorio.
Muy bueno eso de"la Unión masónica Europea!...je je, al fin y al cabo es otra jaula de grillos, que en nada beneficia, salvo a sus amos.
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