jueves, 6 de enero de 2011

El fiscal cree que Usabiaga no se dedica a cuidar a su madre sino a Batasuna

Dice que no se dedica «de forma exclusiva ni primordial» a esa tarea por la que Garzón le dejó libre / Reclama a la Sala informes policiales sobre posibles contactos con Batasuna

La situación de libertad provisional de Rafael Díez Usabiaga vuelve a estar sobre la mesa de la Audiencia Nacional. Ocho meses después de que el juez Baltasar Garzón permitiera al ex secretario general del sindicato LAB salir de prisión, tras pagar una fianza de 30.000 euros, la Fiscalía de la Audiencia Nacional sigue convencida de que el argumento esgrimido entonces por Usabiaga (que debía dedicarse al cuidado de su madre enferma) es «artificial».


USABIAGA salió de prisión en abril del pasado año, tras pagar una fianza de 30.000 euros, para cuidar de su madre enferma, que se había acogido a la Ley de Dependencia y designado a su hijo como su «cuidador»
6 Enero 11 - Madrid - R. Coarasa

De hecho, el departamento que dirige Javier Zaragoza remitió el pasado martes un escrito a la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal en el que alerta a los magistrados de que el procesado «no se dedica de forma exclusiva ni primordial al cuidado de su familiar».

Además, en el documento firmado por el fiscal Vicente González Mota –al que ha tenido acceso LA RAZÓN– éste reclama a la Sala que solicite informes policiales sobre las «actividades ordinarias» realizadas por Usabiaga «que guarden relación con Batasuna y organizaciones de su entorno».

Medidas cautelares

Y es que en el auto en el que Garzón acordó la libertad bajo fianza de Usabiaga, el 26 de abril del pasado año, por una «circunstancia humanitaria» (la supuesta «relación de dependencia» de su madre respecto del mismo), el magistrado le advertía de que regresaría a prisión en caso de que «se produjera cualquier participación o actuación relacionada con el complejo terrorista liderado por ETA» o cualquier acto de «enaltecimiento de la organización terrorista o su entorno». La Fiscalía, que ya entonces se opuso a la polémica decisión, sospecha ahora que Usabiaga ha podido incumplir esa medida cautelar al llevar a cabo actividades vinculadas con la ilegalizada Batasuna.

En esa misma resolución, Garzón prohibía al ex secretario general de LAB salir del territorio nacional y le obligaba a comparecencias quincenales y a informar a la Audiencia Nacional cada 15 días del «desarrollo del cuidado dispensado a su madre».

Es precisamente en esa «dación de cuentas quincenal de actividades», realizada por el propio Usabiaga, donde la Fiscalía aprecia que el procesado no se dedica de forma «exclusiva» ni «primordial» al cuidado de su madre enferma. Fuentes del Ministerio Público consideran, en definitiva, que las atenciones que presta Usabiaga a su madre no justifican, por sí mismas, la libertad provisional. Si, además, los informes de Policía, Guardia Civil y Ertzaintza acreditan finalmente la existencia de cualquier supuesto contacto con dirigentes de Batasuna, la situación penal del ex secretario general de LAB –para quien la Fiscalía pide diez años de prisión por intentar reconstruir la formación ilegalizada– podría dar un giro de 180 grados.

El juez Garzón justificó su decisión de dejar en libertad bajo fianza a Díez Usabiaga en el hecho de que la madre de éste había iniciado unos días antes –según certificó el Ayuntamiento de Lasarte (Guipúzcoa)– los trámites para acogerse a la Ley de Dependencia «requiriendo como cuidador a su hijo».

Argumento «artificial»

La Fiscalía de la Audiencia, no obstante, recurrió esa resolución y replicó que la circunstancia «humanitaria» esgrimida por el procesado estaba «artificialmente creada» y parecía «diseñada» no sólo para procurar asistencia al familiar, sino también «para el cuidador, al que serviría para eludir la prisión provisional».

Además, el fiscal González Mota sostenía que esos cuidados podían prestarlos otros familiares directos «en mejores condiciones» que Usabiaga. «Da la apariencia –concluía el representante del Ministerio Público– de que la finalidad pretendida, al menos con la misma intensidad que la de cuidar al familiar, es la de modificar la prisión».

Pero Garzón hizo oídos sordos al recurso del fiscal. Lo mismo ocurrió con la Sala de lo Penal un mes después. Para la Sección Tercera, la situación de la madre tenía ya en ese momento «un valor únicamente relativo» y lo decisivo para ratificar su libertad era que, en los dos meses que Usabiaga llevaba fuera de la cárcel, había cumplido las obligaciones que le impuso Garzón: comparecer cada 15 días en comisaría y no salir de España. Es decir, que el tribunal ponderaba que Usabiaga no hubiese aprovechado su libertad provisional para fugarse.

Informe médico

La Sala también tuvo en cuenta un informe médico remitido por el facultativo que atendía a la madre de Usabiaga, en el que certificaba que padece «un carcinoma necesitado de tratamiento de radioterapia y quimioterapia» que le mantiene «recluida en su domicilio por razón del deterioro físico derivado de la mencionada patología».

El hecho de que ese informe médico añadiese que la mujer es «autónoma para las actividades de la vida diaria» y sólo precisa de ayuda de terceros «para desplazamientos» fuera de su domicilio, concluían los magistrados, «en modo alguno contradice la grave patología que sufre».

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