MARÍA PERAL / Madrid
Esas  escuchas fueron declaradas nulas por la Sala el pasado marzo por  vulnerar el derecho de defensa, pero aún no han sido expulsadas del  procedimiento, lo que hay que llevar a cabo para que no surtan efecto  alguno.
Además, Pedreira debe establecer qué posteriores  diligencias de investigación derivaron de esas interceptaciones y están,  por tanto, contaminadas por la nulidad de éstas. La importancia  de esta operación radica en el interés de las defensas por extender los  efectos de la nulidad a los elementos probatorios que pueden resultar  más desfavorables para sus clientes.
Pedreira dio un plazo a  los defensores de los principales imputados (Francisco Correa, Pablo  Crespo y Antoine Sánchez, que permanecen en la prisión de Soto del Real)  para que escucharan las cintas. El instructor excluyó, inicialmente, a  los letrados del resto de los imputados, aunque sugirió que les  autorizaría a oír las grabaciones más adelante.
En desacuerdo  con su postergación, las defensas de los diputados autonómicos del PP  Sebastián Martín Vasco y Alberto López Viejo, entre otros, recurrieron a  la Sala, que ahora les da la razón recordando que las normas que  regulan la nulidad de las actuaciones judiciales establecen que debe  haber una «previa audiencia de las partes».
El Tribunal aprovecha la resolución para indicar al instructor qué pasos debe dar para expulsar del caso Gürtel las  escuchas ilícitas. Primero, los abogados de los tres presos cuyas  conversaciones fueron espiadas podrán oír las cintas y alegar sobre qué  pasajes relativos a estrategias de defensa o a la intimidad deben ser  excluidos. Una vez que decida Pedreira, esa parte de las grabaciones irá  a una «pieza separada de confidencialidad», una novedosa denominación  acuñada por la Sala.
Depuradas las grabaciones, todos los  demás imputados tendrán acceso a ellas. Después, será el momento en el  que los defensores opinen sobre los efectos de la nulidad y el  instructor decida.
Por otra parte, la Agencia Tributaria ha comunicado a Pedreira que carece de «medios humanos con la especialización necesaria» para poder tasar todos los bienes intervenidos a los imputados y considera, además, que la petición judicial «trasciende del marco funcional que corresponde al deber de colaboración» de ese organismo.

Pues nada, haber que ocurre ahora con este tema, que ya huele.
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