martes, 18 de octubre de 2016

Segunda querella en el Supremo contra Bono por cinco delitos; entre ellos, el de cohecho


07:37 (28-10-2010)

La denuncia la presenta Ciudadanía Anticorrupción l Recoge la posible comisión de prevaricación,tráfico de influencias, falsedad en documento oficial y fraude en la obtención de subvenciones.

A las 12.30h de la mañana de ayer se presentaba en el Tribunal Supremo la segunda querella contra José Bono por un posible delito de cohecho. El abogado Antonio Panea, en nombre de la asociación Ciudadanía Anticorrupción, recoge, además, la posibilidad de que el presidente del Congreso pudiera haber cometido otros cuatro delitos, derivados de su relación con el constructor y promotor Rafael Santamaría, propietario de Reyal Urbis: prevaricación, tráfico de influencias, falsedad en documento público y fraude en la obtención de subvenciones.

Su contenido, por tanto, es más amplio que el de la querella que le precede contra Bono, interpuesta por Preeminencia del Derecho. En el caso de la elaborada por Antonio Panea, la querella se hace eco de la relación de amistad que existe entre el constructor Rafael Santamaría y José Bono “al menos desde 2001”, y se centra en las fechas en las que el socialista ejercía como presidente de la Junta de Castilla-La Mancha y posteriormente como ministro de Defensa.

Basándose en las informaciones publicadas por LA GACETA, los hechos presuntamente constitutivos de delito comienzan en 2001 con el regalo de la decoración de dos casas de Bono por parte de Santamaría, valorado en 20.891 euros (3.476.000 pesetas), para lo que el texto aporta las facturas de la empresa de decoración de la empresa Cecilia Gómez, en las que se consigna el concepto “decoración de piso piloto”; Santamaría las pagó mediante una transferencia bancaria en el primer caso procedente de su empresa Ayala 3, y con un talón firmado por él mismo en el segundo.

En este punto, la querella reflexiona que “si se argumenta que el Sr. Bono simplemente mantiene una amistad personal con el Sr. Santamaría, ¿por qué motivo se utiliza la sociedad de este último y no su cuenta personal como vehículo para el pago de esos obsequios? (...) ¿Por qué, además de desplazar el pago hacia la sociedad del benefactor, se utilizan los conceptos falsos de decoración de piso piloto?”.

En blanco

La querella que la Sala Penal del Supremo debe ahora decidir si admite o no a trámite también pone de manifiesto que en las declaraciones de bienes e ingresos de José Bono y de su esposa Ana Rodríguez de los años 2001 y 2002 no hay registrada partida alguna en la que se declaren tales obsequios. “Sería lógico y natural que esas liberalidades de Ayala 3 figuraran en las declaraciones del querellado si se tratara de actuaciones limpias y éticamente irreprochables, pues otros importes percibidos por el político sí son declarados por él”. Se refiere a los conceptos de indemnizaciones, colaboraciones periodísticas, incluso rendimientos por producción de la aceituna, partidas todas ellas “muy inferiores a la cantidad que acababa de incorporar por donación o regalo a su patrimonio”.

La permuta
Más allá de estos regalos, el texto de Panea se hace eco de la permuta de un piso propiedad de la familia Bono a través de la empresa Ahorros Familiares Saja, ubicado en Madrid y con más de 30 años de antigüedad, por dos áticos unidos y de obra nueva situados en una urbanización de lujo en Málaga, propiedad de Reyal Urbis. Su valor de mercado, tal y como reveló este periódico, era superior a 1.400.000 euros.
La querella ha utilizado la tasación hecha por un arquitecto perito independiente para concluir que hubo una diferencia mínima entre ambos bienes de 390.471,77 euros a favor del matrimonio Bono, y ello sin contar la hipoteca que gravaba el piso madrileño.


Con el fin de dejar más claro quién y cómo pudo beneficiarse de este diferencial en la permuta, Panea explica que “D. José Bono se lleva a su Hípica el importe de la hipoteca que grava el piso y que luego, por permuta, acaba en el debe de Construcciones Reyal de D. Rafael Santamaría”.
El presidente de la asociación Ciudadanía Anticorrupción tampoco deja escapar la evidencia de que las manifestaciones de José Bono respecto a su salida de la empresa familiar que efectúa la permuta son “contradictorias con los datos que obran en el Registro Mercantil”, lo que daría origen a un posible delito de falsedad en documento oficial.

La Fiscalía
Lo anterior sirve a Panea para asegurar que “la artificiosa exculpación urdida por el Excmo. Sr. Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, o por quien le da las órdenes, lejos de disipar las dudas sobre la actuación del Sr. Bono son, al contrario, un elemento más de sospecha en la que justificar la apertura de diligencias de investigación”.
Es más, al comienzo de la denuncia ya se hace hincapié en la “dejadez, pasividad y, por qué no decirlo, politización del Ministerio Fiscal (que) produce un episodio más de la inevitable Corrupción Sistémica”. También manifiesta que el hecho de presentar esta querella obedece a una “reacción a las últimas noticias aparecidas en los medios de comunicación, y, por ello, públicas y notorias, según las cuales los dirigentes del principal partido de la oposición se habrían planteado abandonar el llamado caso Bono. Esta asociación se ha propuesto no consentir tan incomprensible omisión, más propia de presuntas compensaciones políticas que de la responsabilidad democrática exigible a los partidos”.
Santamaría
Por lo que a las posibles ventajas que se hayan derivado de esta relación de amistad con José Bono para la familia Santamaría, la querella señala las subvenciones recibidas por la empresa Yalqui en concepto de ayudas a “actividades agrícolas”, teniendo en cuenta que la mercantil dedica la mayor parte de su negocio a la construcción y promoción.
Las ayudas procedieron de la Junta cuando la presidía Bono y superaron los 300.000 euros. Otras empresas de la familia también recibieron dinero público por diversos conceptos, que volverían a superar este último importe. Los balances de las empresas no registran correctamente estas partidas individualizadas, de donde se deriva, además de los anteriores delitos mencionados, el posible fraude en la obtención de subvenciones.
Mención aparte merece la recalificación de terrenos a Reyal Urbis por parte de la Junta de Castilla-La Mancha. Dice textualmente la denuncia que “el diario LA GACETA de 11 de mayo de 2010, informa públicamente que la Junta de CLM recalificó terreno a Reyal Urbis para 7.000 viviendas. El visto bueno lo dio el consejero de Ordenación del Territorio, Julián Sánchez”.
Y, a continuación, concluye: “Sin ningún género de dudas, los datos publicados anteriormente por LA GACETA y por otros medios escritos y digitales no sólo no han sido desmentidos ni se ha iniciado acción de rectificación alguna por el interesado por la Fiscalía, sino que han sido confirmados con documentos concretos”.

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