lunes, 17 de octubre de 2011

Interior insiste en nombrar policías a dedo a pesar de la prohibición judicial



  • 17-10-2011 | La gaceta

    El juez ya amenazó con multar a los responsables del ministerio que continuaran con esta política. Es la segunda vez que este organismo desobedece el fallo del TSJ de Madrid.

  • Roberto R. Ballesteros. Madrid

    Para el Ministerio del Interior las órdenes de los jueces parecen ser papel mojado. Ni siquiera la amenaza de los tribunales le intimida. Durante los últimos meses, la Dirección General de Policía y Guardia Civil ha nombrado a dedo a más de 200 policías de niveles inferiores al 29, lo cual contraviene nuevamente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del 11 de diciembre de 2009, ratificada por el Supremo siete meses después.

    En concreto, entre marzo y junio de este año, Interior ha emitido cuatro órdenes generales por las que ha convocado 232 plazas a cubrir por el procedimiento de libre designación. Se trata de 46 puestos en la Casa del Rey (orden general 1.871 del 7 de marzo), 52 en Sistemas Especiales de la División de Coordinación Económica (orden 1.872 del 14 de marzo), 11 en la Comisaría del Senado y 85 en Embajadas (orden general 1.882 del 2 de mayo) y 38 en Presidencia del Gobierno (orden 1.890 del 6 de junio).

    Todas ellas ignoran el fallo del TSJM, que obligaba al ministerio a sustituir a más de 7.000 mandos policiales nombrados a dedo por otros que superen un concurso de méritos. Las polémicas órdenes generales se suman a anteriores desobediencias de Interior en el mismo caso. La primera, el 26 de octubre de 2010, cuando la dirección general convocó varios puestos de libre designación (orden general 1.852) sin diferenciar entre aquellos que son competencia de los comisarios y los que debe cubrir comisarios principales, cosa que también exigía el mismo tribunal. La segunda, el 14 de diciembre de 2010 (orden general 1.858), cuando el ministerio nombró a dedo 28 altos mandos del nivel 28 de la Administración. La tercera, el 26 de enero de 2011 (orden 1.867), que Interior utilizó para nombrar a otros 55 mandos del nivel 28 a pesar de las citadas resoluciones judiciales. La cuarta, el 17 de febrero de 2011 (orden 1.870), que volvía a usar la libre designación para elegir otros cuatro cargos del nivel 28. Y la última, tres días después, que convocaba 27 nombramientos a dedo más en el Congreso de los Diputados (orden general 1.869).

    La diferencia entre la primera partida de órdenes y la segunda es que entre ambas se produjo un duro auto del TSJM contra el Ministerio del Interior. Fue el pasado 2 de marzo. El escrito –firmado por los magistrados Gustavo Ramón Lescure, Juan Ignacio Pérez y Pilar Maldonado– advirtió a Interior de que tiene la obligación de cumplir las resoluciones judiciales “en la forma y términos que en estas se consignen”.

    El auto insistía en que el ministerio debe sustituir a los 7.000 mandos policiales que ordenó la sentencia y que los nuevos funcionarios han de ser elegidos “necesariamente por el sistema de concurso de méritos”. De lo contrario, continuaba, el tribunal podría imponer “multas coercitivas (...) a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan los requerimientos del juzgado” e incluso “deducir el oportuno testimonio” a los responsables de la desobediencia con objeto de “exigir la responsabilidad penal”.

    El auto respondía con esta firmeza a un escrito presentado meses antes (el 21 de diciembre de 2010) por el ministerio ante el juez. La nota de Interior pretendía, dada la “complejidad” que supone ejecutar la sentencia, rebajar sus exigencias y mantener en el cargo a más de 5.000 policías ya nombrados por libre designación. Es decir, de los casi 7.000 que la Justicia obliga a sustituir, el ministerio tan sólo quería cambiar a 2.000.

    La respuesta del TSJM fue que “es evidente que no puede tenerse por cumplida, ni siquiera por iniciada la ejecución de la sentencia”. “Parece más bien que [la Administración] intenta no cumplir con lo resuelto en la citada resolución judicial”, añadía. “Lo que la Administración intenta –subrayaba– es obviar la ejecución de la sentencia, continuando utilizando el sistema de libre designación, en lugar del concurso de méritos”.

    La resolución del TSJM del 11 de diciembre de 2009 se produjo a raíz de la denuncia del Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra los nombramientos a dedo. El fallo del 30 de noviembre de 2009 del mismo tribunal, por su parte, fue emitido tras denuncia del Sindicato Profesional de Policías (SPP) por igual motivo que el SUP y por la decisión de Interior de no diferenciar las competencias del comisario y del comisario principal.

1 comentario:

  1. Lo de siempre, luego dicen que la justicia es igual para todos. Y a estos en vez de multa, que los metan en el trullo, para que cojan el sabor del mismo, haber si asi espabilan.

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