Alegan que, antes de su querella, nunca se investigó al ex jefe de los Tedax
La Asociación de Ayuda a Víctimas del 11-M ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que ordene reabrir la investigación sobre el jefe de los Tedax en el 11-M, Juan Jesús Sánchez Manzano. El recurso de casación solicita revocar el archivo decretado por la Sección 17ª de la Audiencia Provincial de Madrid, que en febrero consideró que el caso Manzano instruido por la juez Coro Cillán era cosa juzgada.
El tribunal se basó en que otro juez de Madrid había archivado anteriormente una denuncia contra él, lo que impedía una segunda investigación. Las víctimas alegan que no se trata en absoluto de un caso de bis in idem, porque no coinciden ni los hechos denunciados ni las personas afectadas.
El partido Alternativa Española denunció en 2009 a Manzano, su perito químico y otros 10 mandos apoyándose en el libro Titadyn, que «desmontaría la tesis» de la sentencia del 11-M sobre los explosivos. El juez cerró el asunto decretando el «sobreseimiento libre», sin practicar diligencia alguna, «por no ser los hechos denunciados constitutivos de delito alguno».
En julio de 2009, y a raíz de una querella de las víctimas, Cillán imputó a Manzano y la perito por encubrimiento, omisión del deber de perseguir delitos y falso testimonio. La instrucción fue respaldada por la Fiscalía de Madrid, que se opuso también a considerar que el caso Manzano era cosa juzgada. La Fiscalía no ha recurrido, al estimar que no es procesalmente correcto.
El recurso de la asociación se centra en tres aspectos: que la decisión sí es recurrible, que el juez erró en la forma de archivar la denuncia inicial -lo que conllevaría la imposibilidad de considerar el bis in idem- y que, en cualquier caso, la Audiencia de Madrid se equivocó al estimar que eran casos idénticos. Respecto a la actuación del juzgado que recibió la denuncia de Alternativa Española, el recurso señala que su auto no fue «un auténtico auto de sobreseimiento libre [...] sino un auto de inadmisión de denuncia incapaz por tanto de crear cosa juzgada». Al no tratarse de un sobreseimiento libre -equivalente a un absolución-, nada impedía la investigación posterior abierta por la juez Cillán.
Sobre la imposibilidad de considerar que se trata de la misma investigación, las víctimas afirman «que el denunciante del Juzgado nº 6 pretendía abrir una especie de causa general contra todos los investigadores del 11-M sin concretar ni un solo hecho delictivo concreto. En cambio, la querella del Juzgado nº 43 concreta, con datos y pruebas, dos hechos delictivos diferenciados: la desaparición de las piezas de convicción recogidas en los focos de las explosiones y el falso testimonio».
En cuanto a la posibilidad de recurrir el archivo, la asociación afirma que se cumplen los tres requisitos que fijó el Supremo para estos casos. Primero, que se recurre un sobreseimiento libre. Segundo, que un eventual juicio recaería en la Audiencia Provincial -son policías y a la perito podrían caerle hasta 12 años de inhabilitación- y, por lo tanto, la sentencia sería recurrible en casación. Y tercero, los autos de la juez del caso Manzano imputan delitos concretos al ex jefe de los Tedax y a la perito y relatan con precisión los hechos presuntamente delictivos.
Las víctimas piden que el TS no deje en nada la investigación contra Manzano por la existencia de una previa denuncia genérica que ni siquiera se admitió. Si se optara por un criterio contrario, los autores de un delito podrían urdir una denuncia en su contra lo suficientemente mal fundada como para garantizar su inadmisión y, con ella, la imposibilidad de investigarles en el futuro. A este recurso se sumará en breve el de la AVT.
Muy bien dicho y hecho. Este pais es la repera, y sus jueces no podían ser menos, haciendo lo del servilismo a su amo.Cuando una cosa no interesa, pronto se le echa tierra encima y no a pasao nada.
ResponderEliminarQueremos saber la verdad.