S. TORRES / A. SALVADOR / Sevilla/ El Mundo
Y ello, a pesar de que la Inspección de Trabajo recomendó, en un informe, ir a los tribunales.
Una denuncia del sindicato USO permitió a la Inspección de Trabajo detectar que se había incluido en el ERE a 31 empleados -sobre un total de 150 a los que afectaba el despido colectivo- que no trabajaban en la empresa. Dos días después de la denuncia de USO, la empresa VBR y el comité de empresa entregaron a la Inspección de Trabajo un listado rectificado, excluyendo de él a los intrusos y ya con sólo 119 trabajadores afectados por el expediente.
El inspector de trabajo sostenía en su informe que «dicha irregularidad [la inclusión de 31 intrusos] vicia el contenido del acuerdo y constituye un indicio racional de fraude», y recomendaba remitir el caso «a los órganos judiciales».
La Junta de Andalucía se agarra a uno de los párrafos del informe de la Inspección de Trabajo, en el que ésta se limitaba a narrar los hechos y recordar que, «con posterioridad a las actuaciones practicadas», la empresa y el comité entregaron un nuevo listado excluyendo «a los trabajadores que ya no prestaban servicios [...], por lo que la solicitud de autorización de extinción queda referida, finalmente, a 119 trabajadores».
Esta coletilla permite a la delegada provincial de Empleo en Sevilla, Aurora Cosano Prieto, deducir que la recomendación de denunciar ante la Justicia se realizó solamente «en un primer momento» y que «ha de entenderse -siguiendo en este extremo el informe de referencia- que han sido subsanadas las deficiencias» con la rectificación de la empresa y el comité de empresa.
El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 51.5, establece para la tramitación de los ERE que «si la autoridad laboral apreciase [...] la existencia de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en la conclusión del acuerdo, lo remitirá [...] a la autoridad judicial, a efectos de su posible declaración de nulidad».
«Del mismo modo actuará», prosigue el Estatuto de los Trabajadores, «cuando [...] estimase que el acuerdo pudiera tener por objeto la obtención indebida de las prestaciones por parte de los trabajadores afectados por inexistencia de la causa motivadora de la situación legal de desempleo».
En lugar de ello, la Junta de Andalucía dio por buena la rectificación presentada por la empresa y el comité de empresa y ocultó a la Justicia el «indicio racional de fraude», según la Inspección de Trabajo.
Y todo, a pesar de que la rectificación de VBR y el comité se produjo después de que el sindicato USO alertara de que en el ERE «están incluidas algunas personas no vinculadas a la empresa».
El secretario general del PP-A, Antonio Sanz, exigió a la Junta que aclare cómo no detectó el «fraude».
Sigue el culebrón de la corruptela en la junta de andalucía. Ahora otros que se suben al carro, los sindicatos, Ugt y Ccoo, faltaría más, como no tienen bastante co lo que les da zp, pues encima esto.
ResponderEliminarOtros que por decencia y higiene democrática, deberían de dimitir.