PSOE, PNV y CiU han pactado un borrador de propuesta de recomendaciones sobre el sistema de Seguridad Social en el que eliminan la edad mínima de jubilación a los 67 años, como quiere el Gobierno, pero aumenta hasta 40 los años de cotización, como ocurre en el sistema francés. El documento, que se ha presentado este miércoles en la comisión del Pacto de Toledo y al que Diariocrítico ha tenido acceso de forma íntegra, es tan ambiguo que, en realidad, deja la puerta abierta para una 'amplia interpretación' y que en su anunciado proyecto de ley que presentará el 28 de enero incluya, en realidad, lo que le venga en gana y, encima, supuestamente amparado por las 'recomendaciones' del Pacto de Toledo.
El documento en cuestión -que pueden ver de forma íntegra pinchando aquí- es producto de un pacto fuera de la comisión entre Carles Campuzano (de CiU), Emilio Olabarría (del PNV) y la socialista Isabel López i Chamosa. El documento, que se ha acordado fuera de la comisión del Pacto de Toledo, ha sido presentado este miércoles a la comisión como una síntesis para buscar un acuerdo que brindar al Gobierno, pero varios grupos consultados por Diariocrítico -PP e IU, especialmente- se muestran contrarios al mismo.
Es cierto que en ese borrador pactado entre socialistas y nacionalistas vascos y catalanes se obvia la petición del Gobierno de aumentar la edad de jubilación a los 67 años, pero se 'recomienda' al Gobierno que disponga lo necesario para que todo el mundo se jubile a los 65, que es la edad actualmente fijada pero la cual no se cumple en todos los casos. Dice el documento: "Las carreras largas de cotización deben ser objeto de una especial consideración y el sistema de Seguridad Social debe incentivar suficientemente la continuidad en la actividad laboral, tanto con actuaciones en el mercado de trabajo, como una configuración legal adecuada a los objetivos perseguidos y a los beneficios que dicha continuidad representa para la evolución y viabilidad del sistema de pensiones".
En ese mismo sentido, y refiriéndose a la 'recomendación' sobre el "carácter contributivo del sistema", "deben arbitrarse las pedidas para posibilitar que los trabajadores de edad que vean extinguida su relación laboral no vean mermados sus futuros derechos de Seguridad Social como consecuencia de la desigualdad en el tiempo de sus cotizaciones, así como para evitar que se puedan interpretar y aplicar las disposiciones de Seguridad Social en detrimento de la contributividad".
En el documento no se recoge taxativamente la 'recomendación' de elevar los años de cotización hasta 40, pero ésa es la idea que subyace en el borrador, según han reconocido a Diariocrítico algunos de sus redactores. En todo caso, resulta tan ambiguo que deja manos libres al Gobierno para elevar la edad de cotización, ya que, en realidad, le recomienda que lo haga.
Las propuestas van en línea con lo aconsejado por organismos económicos independientes como Fedea (Fundación de Estudios de Economía Aplicada), que aconsejan ampliar los años de cómputo para que haya mayor proporcionalidad entre lo que la gente ha cotizado y lo que va a percibir, así como establecer un sistema automático que evite las complejidades del Pacto de Toledo, como en Alemania o Suecia, que se ajuste a cambios demográficos o económicos. El gobernador del Banco de España, Miguel Ángel Fernández Ordoñez, ha defendido que retrasar la edad de jubilación --en el caso de España la propuesta del Gobierno plantea retrasarla hasta los 67 años--, "es la forma que todos los países han encontrado" para garantizar el futuro de las pensiones, al ser la medida "menos traumática".
Edad de jubilación
En lo referente a la edad de jubilación en sí misma, el documento presentado a la comisión del Pacto de Toledo señala que "en España, la edad de jubilación, situada actualmente en los 65 años, y configurada como voluntaria, responde a unos esquemas demográficos que en nada se asemejan a los que se dan en la sociedad actual y a los que estarán presentes en las próximas décadas".
Partiendo de esa premisa, señala el borrador que "al igual que sucede en otros componentes básicos del sistema de prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social, también los requisitos de acceso a la pensión de jubilación han de adecuarse a las realidades sociales de cada momento", lo que anticipa que "el acceso a la pensión de jubilación ha de adecuarse a las variables demográficas existentes en cada momento y, además, que la edad real jubilación sea la misma que la edad legal", es decir, como mínimo a los 65 años.
En ese sentido, dicen que el objetivo es "conseguir que el sistema avance en calidad de prestaciones gracias a que la edad de jubilación efectiva se retrase acompasadamente a la mayor esperanza de vida, lo que puede y debe conseguirse gradualmente sin producir tensiones sociales, ni frenando la incorporación de los trabajadores jóvenes al mercado de trabajo, pero atendiendo a las necesidades de sostenibilidad de nuestro sistema de pensiones". Un punto, como se ve, demasiado ambiguo y que deja en manos del Gobierno la posibilidad de elevar la edad de jubilación a los 67 ó más años.
Aunque también es verdad que se proponen otras fórmulas, como "fomentar la prolongación de la actividad laboral de aquellos que opten por mantenerse en el mercado de trabajo una vez alcanzada la edad en la que pueden acceder a la pensión de jubilación y, por otro que impida cualquier tipo de discriminación por razón de de edad". Pilar González de Frutos, presidenta de Unespa, la patronal del seguro, ha ido más allá incluso al asegurar que cada español debe contar con una pensión pública, un plan de previsión vinculado a su empresa y, por último, un fondo nutrido por sus ahorros personales.
Reducir los expedientes de regulación de empleo
Entre otras 'recomendaciones' al Gobierno para impedir jubilaciones anticipadas, el borrador dice que "se considera que salvo supuestos específicos y justificados no deberán autorizarse ajustes de plantilla que supongan jubilaciones anticipadas. No obstante a lo anterior determinadas formas de trabajo y colectivos por razón de actividad, peligrosidad, o grado de discapacidad pueden y deben contemplarse consideraciones especificas adaptadas al colectivo en tomo a la edad legal de jubilación".
Y en ese sentido añaden que "la Comisión también considera necesario seguir incentivando, la prolongación voluntaria de la vida laboral. A tal efecto se establecerán las medidas adecuadas para que aquellas cotizaciones que darían lugar a una pensión superior al tope máximo, den lugar al incremento mensual en forma de pensión al porcentaje adicional de cotizaciones efectuadas". Así, proponen "profundizar el estudio de mecanismo que después de alcanzada las cotizaciones necesarias y la edad de jubilación, permitan la realización de una actividad laboral, sin que dicha compatibilidad implique la asunción de obligaciones financieras inadecuadas para el sistema de la Seguridad Social".
Prestaciones de viudedad y orfandad
El documento hace algunas 'recomendaciones' sobre las pensiones de viudedad, tales como que " a efectos de una cobertura económica suficiente ante los distintas situaciones de necesidad, debería diferenciarse entre las persona viudas mayores de 65 años sin otros ingresos y las que, además de la pensión de viudedad, tiene otra pensión propia", y en cuanto a las personas viudas que realizan una actividad laboral, "la prestación debería configurarse con carácter temporal, en función de la existencia o no de hijos a cargo y, en todo caso, con el límite temporal de la duración de las pensiones de orfandad". En todo caso, "debería analizarse la situación actual que permite, sin límites, la compatibilidad entre el percibo de la pensión de viudedad y las rentas derivadas de una actividad laboral o profesional".
En ese capítulo de las pensiones de viudedad, en el borrador pactado entre CiU, PNV y PSOE se insta al Gobierno a "la realización de los estudios necesarios, en orden a analizar los efectos que tendría la aplicación en España de mecanismos similares a los implantados en otros Estados de la Unión Europea sobre el "reparto de cuotas" entre los componentes de una unión matrimonial o de pareja de hecho, que permita la generación de derechos propios".
VEA EL BORRADOR PRESENTADO A LA COMISIÓN DEL PACTO DE TOLEDO
Vamos, que tal como está, harán lo que sea, todo eso, regado por vinos del pacto de toledo.
ResponderEliminarAsí nos va.