MARÍA PERAL / Madrid/ El Mundo
La resolución, basada en cuatro documentos incautados a la banda, establece que «ETA ha gestado, alentado y tutelado la estrategia de Batasuna» para la creación de Sortu
Según el Supremo, «ETA autoriza incluso a Batasuna a que denuncie sus propios atentados en un esquema acomodaticio» para poder pactar con Eusko Alkartasuna
La Sala del 61 utiliza una «esclarecedora y sólida» prueba directa y no meros indicios: cuatro documentos de ETA y tres de la ilegalizada Batasuna, entre otras pruebas que le permiten concluir que la banda terrorista diseñó en 2009 una estrategia para volver a la vida política e institucional, estrategia «que ha sido seguida por Batasuna».
«Nada impide», dice el Tribunal, que personas que formaron parte de partidos ilegalizados puedan formar un nuevo partido. El problema es que, en el caso de Sortu, «no se ha producido una ruptura radical e irreversible de ETA ni, sobre todo, auténtica».
De los cuatro textos de ETA que permiten al Supremo afirmar que Sortu es un intento de defraudar la ilegalización de Batasuna, el documento clave es el titulado Proceso democrático. Reflexión sobre la alternativa para la solución democrática del conflicto político y para el reconocimiento de Euskal Herria. Está fechado en agosto de 2009 y fue incautado en abril de 2010 en el despacho de la abogada Arantza Zulueta, encausada como miembro de ETA y una de las destacadas asistentes a la presentación de la nueva formación política en el Palacio Euskalduna, el pasado 7 de febrero.
De la importancia que el Supremo otorga a ese documento da fe el hecho de que le dedica 22 de las 217 páginas de la resolución, cuya redacción se debe al magistrado Carlos Lesmes. El contenido del auto fue visado ayer por la Sala del 61 y fue firmado por los magistrados.
ETA admite en Proceso democrático que la banda «muestra limitaciones para responder a la represión salvaje» y está «en un empate infinito» respecto al Estado. Al mismo tiempo, «la Izquierda Abertzale, como consecuencia de su ilegalización, ha mostrado debilitada su capacidad de influir», dice la banda terrorista.
Por ello, ETA plantea en el documento una nueva estrategia que pasa por una «dirección política para levantar los topes del Estado». «Ésa es, y no otra, la gran tarea de la Izquierda Abertzale», indica el documento de la banda.
La resolución judicial analiza detenidamente cómo la estrategia diseñada por ETA en Proceso democrático es -punto por punto, utilizando los mismos conceptos y hasta con párrafos similares- plasmada unos meses después en dos documentos de Batasuna, Clarificando la fase política y la estrategia, y Zutik Euskal Herria. Según los abogados de Sortu, esos dos textos de Batasuna reflejaron el debate interno celebrado entre noviembre de 2009 y febrero de 2010 por las bases de la izquierda abertzale, que habrían concluido con un abandono de la violencia como instrumento de acción política y una ruptura con ETA. Zutik Euskal Herria sería, así, la base ideológica de la que surge Sortu.
Lo alegado por los abogados de Sortu «no se corresponde con la realidad», afirma el Supremo. Y se basa no sólo en que los documentos de Batasuna «recogen la estructura» de la estrategia que ETA diseña en Proceso democrático, sino también en que los pasos que ha ido dando la organización terrorista en paralelo a la constitución del nuevo partido ponen de manifiesto que existe «un concierto permanente entre ETA y Batasuna». En esa clave se interpreta el «alto el fuego» declarado por la banda en enero de 2010 y la «satisfacción» con Zutik Euskal Herria que ETA ha mostrado en comunicados y entrevistas. «No parece que corresponda al terreno de la lógica que, si fuera Zutik el documento de ruptura con la violencia, la organización terrorista ETA muestre su satisfacción», señala el auto.
Al contrario. «Ninguna ruptura se ha producido ni con la violencia ni con ETA», afirma el Tribunal, y Zutik Euskal Herria, el documento germen de Sortu, refleja «una semejanza sustancial en la definición de fases o estaciones para llevar adelante lo que denominan el Proceso Democrático», que no es sino el plan para conseguir la «autodeterminación» del País Vasco y Navarra.
La primera fase del camino trazado por ETA en Proceso Democrático es «implementar los mínimos democráticos», concepto en el que incluyen el «ejercicio político normalizado», esto es, la legalización de la Izquierda Abertzale, «a los efectos de poder abrir un nuevo escenario de negociación».
Un nuevo «intento de negociación» para alcanzar un «acuerdo político amplio» con el Estado es, precisamente, la fase siguiente diseñada por ETA.
El Supremo destaca el contenido del documento de la banda -de 2009- según el cual «el Estado y ETA acordarían las condiciones que necesita el proceso. Ahí se situarían los mínimos democráticos (ejercicio político normalizado, interrupción de la represión salvaje, acuerdo de no ataque/arresto».
La Sala destaca que, en ese proceso, «la función de ETA es abrir el escenario político» y «tutelar los pasos que se van dando». «Sin abandonar la lucha armada», añade, «se concede a sí misma la facultad de adecuar esta lucha armada, en cada momento, al nivel y progreso de la lucha popular».
ETA «adapta la presión de la violencia, según el plan manifestado en sus documentos, al marco que necesita para acceder a las instituciones a través de la estrategia -sólo aparentemente desconectada de ETA- de una Izquierda Abertzale que lleva ocho años intentando superar su ilegalización», recuerda el Tribunal.
El 10 de enero, la banda declara un «alto el fuego» y el 7 de febrero destacadas personas de Batasuna presentan el nuevo movimiento político. «Hay un pleno entendimiento entre ETA y Batasuna para sacar adelante el proyecto que más les preocupa en este momento histórico, que no es otro que el de la legalización de esta última ante la proximidad de las elecciones».
A ese objetivo se subordina toda la estrategia y en esa clave se interpreta el rechazo a la violencia que ETA «autoriza» en otro de los documentos manejados por la Sala del 61. Earen proposamenaz II es otro texto incautado en el despacho de Zulueta en el que se analiza un posible acuerdo político con Eusko Alkartasuna. «La coalición [con EA] tiene que denunciar cualquier violación de los derechos humanos incluidas las ekintzas [acciones] de ETA». Para el Supremo, «la banda terrorista está dispuesta a hacer especiales concesiones, autorizando incluso a Batasuna a que denuncie los propios atentados de ETA, de donde podemos deducir que la denuncia de la violencia por parte de Batasuna -podríamos decir lo mismo de aquellas organizaciones sobre las que se proyecta- responde más a un esquema meramente acomodaticio o interesado según las circunstancias que de verdadera convicción».
Y que dice el supremo que no sepamos..., debería de mirar dentro de esa sala, que parece que hay alguno contaminado por maquiavelo.
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