jueves, 21 de octubre de 2010
El Tribunal de la UE declara ilegal el canon digital "insdiscriminado" que la SGAE aplica en España
PROHIBE COBRAR A EMPRESAS Y PROFESIONALES
@G. Bravo.- 21/10/2010
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha declarado ilegal cualquier tipo de canon digital que se imponga de forma indiscriminada a todos los equipos y materiales de reproducción y no únicamente a los que presumiblemente se vayan a destinar a la realización de copias privadas, como el que se aplica en España. No obstante, la sentencia deja en manos de la Audiencia Provincial de Barcelona determinar si, efectivamente, el canon español se impone de forma indiscriminada, algo que ya adelantó la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), Verica Trstenjak. La idea es clara: la tasa sólo es aplicable a dispositivos de almacenamiento comprados por particulares, pero no se puede cobrar a compañías y profesionales.
La sentencia se refiere al litigio que enfrenta a la Sociedad General de Autores Españoles (SGAE) con la empresa PADAWAN, que comercializa dispositivos de almacenamiento electrónico, entre otros CD-R, CD-RW, DVD-R y aparatos de MP3. La SGAE reclamó a PADAWAN el pago de una compensación a tanto alzado por copia privada por importe de 16.759,25 euros, correspondiente a los dispositivos de almacenamiento comercializados por PADAWAN entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.
La legislación española permite la reproducción para uso privado, sin autorización del autor, de obras ya divulgadas. Y establece una retribución a tanto alzado a favor de los titulares de derechos, a cuyos efectos grava los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital indiscriminadamente con un canon por copia privada. Los fabricantes, importadores o distribuidores han de abonar dicho canon a las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual.
El caso acabó en la Audiencia Provincial de Barcelona, que preguntó al Tribunal de Justicia de la UE si el sistema de gravamen español es conforme con la normativa. La Audiencia señaló que de la respuesta del TUE depende el derecho de la SGAE a reclamar la compensación que correspondería por todos los dispositivos de almacenamiento comercializados por PADAWAN o sólo sobre aquellos que presumiblemente se hayan destinado a la copia privada.
"Satisface siete años de lucha"
Para la Asociación de Internautas, esta sentencia "satisface siete años de lucha contra el canon". Según ha declarado su presidente Victor Domingo a este periódico, lo que ahora "necesitan" es que "el legislador recule y baje del BOE el canon. Lo tendrían que haber hecho antes, pero como no nos quisieron oír pues llegamos a esta situacion. Lo que está claro -asegura- es que para hacer estas cosas se nos tiene que consultar a los afectados y no hacerlo de forma unilateral".
La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, por su parte, ha anunciado que tras la sentencia contra el canon digital dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la UE, el Gobierno buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. "Cuando conozcamos la sentencia en su totalidad se estudiará y nos sentaremos a hablar con todos los sectores involucrados", ha señalado González-Sinde en declaraciones a TVE al conocer el fallo.
100 millones de euros en 2009
Esta sentencia, que las entidades de gestión de derechos de autor han calificado también como positiva, afectará con toda seguridad a los cerca de 100 millones de euros anuales que recaudan IBAU (Egeda, Dama y Aisge) y COPYESPAÑA (Agedi, Aie, Cedro y Sgae) en concepto de canon digital. Según ha notificado en un comunicado conjunto, "a la espera de un análisis en profundidad del fallo judicial, IBAU Y COPYESPAÑA ponen de manifiesto su disposición para colaborar en el ajuste, si fuera necesario, del sistema actual de copia privada, a las consideraciones que propone la sentencia para toda Europa", al tiempo que recuerdan que "esta compensación permite al ciudadano poder reproducir para uso privado creaciones intelectuales (música, libros, películas...) sin la autorización previa del titular de derechos de propiedad intelectual y que debe ser abonada a las entidades de gestión por los fabricantes, importadores o distribuidores de los dispositivos que permiten la realización de este tipo de copias".
A espera de poder analizar la setencia en profundidad, todo apunta a que la SGAE verá peligrar muy seriamente los 27 millones de euros que recauda anualmente en este concepto. Aunque según fuentes internas a la gestora, el canon apenas supone el 8,5% de la recaudación total de la SGAE, cifrada en 316 millones de euros en 2009.
Que sea enhorabuena, caña a estos impostores sangrías de la sociedad.
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