jueves, 24 de marzo de 2011

El Supremo veta por 9 votos a 7 la inscripción de Sortu como partido


El Mundo

Al menos tres magistrados de la 'Sala del 61' anunciaron que emitirán voto discrepante

Zapatero embustero

La nueva marca de la izquierda abertzale tendrá difícil concurrir a las elecciones del 22 de mayo porque, aunque la resolución del Supremo puede ser recurrida ante el Tribunal Constitucional, los trámites que requiere una demanda de amparo impedirán que el TC se pronuncie en un plazo hábil para presentar candidaturas. La incógnita es ahora si la izquierda abertzale intentará introducirse con candidatos «limpios», es decir, sin antecedentes de conexión con Batasuna, en las listas de formaciones nacionalistas como Eusko Alkartasuna, tal como sugieren los informes policiales que han servido de apoyo para no legalizar a Sortu.

Los jueces decidieron tras un debate de nueve horas y sólo un día después de la vista en la que el abogado del Estado y el fiscal defendieron sus demandas contra el acceso de Sortu al registro de partidos políticos y los abogados de la formación sostuvieron que no era «pantalla de nada ni de nadie», en referencia a ETA-Batasuna.

Sobre la base de una ponencia elaborada por Carlos Lesmes, procedente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo y que se estrenaba en un proceso relacionado con la izquierda abertzale, la Sala ha estimado las demandas del Gobierno y del Ministerio Público y ha concluido que Sortu intenta defraudar la ilegalización de Batasuna.

Para el Supremo, el «rechazo» a la «violencia» de ETA no es suficiente para afirmar que se han desvinculado de la banda, a la que los estatutos eluden calificar de «terrorista» y «condenar» sus crímenes.

Los términos formales con los que Sortu ha pedido su legalización se han sometido al guión que la banda había marcado en documentos como Criterios para el discurso y la postura que debe adoptar Batasuna ante las acciones de ETA, en donde se daba la indicación de que «la izquierda abertzale no condenará nunca las acciones de la organización».

La decisión de no convalidar a Sortu no ha sido unánime. Tres magistrados (José Luis Calvo, Manuel Alarcón y Rafael Gimeno-Vallón) anunciaron votos particulares discrepantes en los que sostendrán que, desde el punto de vista jurídico-constitucional, Sortu debe ser inscrita como partido. No obstante, fuentes de la Sala aseguraron que la discrepancia fue mucho mayor y de hecho las demandas del Gobierno y de la Fiscalía prosperaron por sólo dos votos de diferencia, nueve a siete. Entre los magistrados que se pronunciaron a favor de la inscripción de Sortu estuvo el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, José Manuel Sieira.

Es la segunda vez, después de Iniciativa Internacionalista (2009), que se producen disensiones en la Sala del 61. En aquella ocasión, cinco magistrados quisieron legalizar la lista de Alfonso Sastre en un criterio coincidente con el posterior fallo del Constitucional.

El Supremo se limitó ayer a anunciar el fallo y la resolución, con los escritos discrepantes, se conocerá la próxima semana.

1 comentario:

  1. Esta sentencia, demuestra hasta que punto está politizado el poder judicial.

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